Ley 31/1995 de prevencion de riesgos laborales

La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, es la norma basica de seguridad y salud laboral en Espana. Aparece en todos los examenes del SERGAS como parte del temario comun.

Principios de la accion preventiva (art. 15)

  1. Evitar los riesgos.
  2. Evaluar los riesgos que no se puedan evitar.
  3. Combatir los riesgos en su origen.
  4. Adaptar el trabajo a la persona.
  5. Tener en cuenta la evolucion de la tecnica.
  6. Sustituir lo peligroso por lo que entrane poco o ningun peligro.
  7. Planificar la prevencion.
  8. Anteponer proteccion colectiva a la individual.
  9. Dar instrucciones a los trabajadores.

Derechos del trabajador

  • Derecho a la proteccion eficaz en materia de seguridad y salud.
  • Derecho a la informacion sobre riesgos de su puesto.
  • Derecho a la formacion en prevencion.
  • Derecho a paralizar la actividad en caso de riesgo grave e inminente (art. 21).

Obligaciones del empresario

  • Evaluar los riesgos.
  • Planificar la prevencion.
  • Proporcionar equipos de proteccion individual (EPI).
  • Vigilancia de la salud (reconocimientos medicos).

Delegados de prevencion

Son los representantes de los trabajadores en materia de prevencion. Numero segun plantilla: de 50 a 100 trabajadores = 2 delegados; de 101 a 500 = 3; de 501 a 1000 = 4; mas de 4001 = 8.

Comite de seguridad y salud

Obligatorio en empresas con 50 o mas trabajadores. Formado por los delegados de prevencion + representantes del empresario.