Ley 31/1995 de prevencion de riesgos laborales
La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, es la norma basica de seguridad y salud laboral en Espana. Aparece en todos los examenes del SERGAS como parte del temario comun.
Principios de la accion preventiva (art. 15)
- Evitar los riesgos.
- Evaluar los riesgos que no se puedan evitar.
- Combatir los riesgos en su origen.
- Adaptar el trabajo a la persona.
- Tener en cuenta la evolucion de la tecnica.
- Sustituir lo peligroso por lo que entrane poco o ningun peligro.
- Planificar la prevencion.
- Anteponer proteccion colectiva a la individual.
- Dar instrucciones a los trabajadores.
Derechos del trabajador
- Derecho a la proteccion eficaz en materia de seguridad y salud.
- Derecho a la informacion sobre riesgos de su puesto.
- Derecho a la formacion en prevencion.
- Derecho a paralizar la actividad en caso de riesgo grave e inminente (art. 21).
Obligaciones del empresario
- Evaluar los riesgos.
- Planificar la prevencion.
- Proporcionar equipos de proteccion individual (EPI).
- Vigilancia de la salud (reconocimientos medicos).
Delegados de prevencion
Son los representantes de los trabajadores en materia de prevencion. Numero segun plantilla: de 50 a 100 trabajadores = 2 delegados; de 101 a 500 = 3; de 501 a 1000 = 4; mas de 4001 = 8.
Comite de seguridad y salud
Obligatorio en empresas con 50 o mas trabajadores. Formado por los delegados de prevencion + representantes del empresario.