Consentimiento verbal (regla general): actos médicos ordinarios, exploraciones rutinarias, extracciones de sangre, administración de medicamentos habituales. Consentimiento escrito (excepciones obligatorias):
- Intervención quirúrgica,
- Procedimientos diagnósticos invasivos,
- Procedimientos con riesgos o inconvenientes de notoria repercusión negativa previsible. El CI escrito se puede revocar en cualquier momento de forma oral (con registro en HC)