La Constitución Española de 1978 es la norma suprema de nuestro ordenamiento jurídico y el pilar central del Tema 1 de la parte común en todas las oposiciones del SERGAS. Uno de los puntos que más preguntan los tribunales examinadores es el número y contenido de las reformas constitucionales.
Desde su promulgación el 29 de diciembre de 1978, la Constitución ha sido reformada en **cuatro ocasiones**, todas ellas mediante el **procedimiento ordinario (artículo 167 CE)** sin necesidad de disolución de Cortes ni procedimiento agravado.
Tabla comparativa de las 4 reformas constitucionales
Procedimiento de aprobación: ¿Por qué todas fueron por el artículo 167?
Ninguna de las cuatro reformas afectó al Título Preliminar, a la Sección 1.ª del Capítulo II del Título I (derechos fundamentales arts. 15-29) ni a la Corona (Título II). Por tanto, **todas se tramitaron por el procedimiento ordinario (artículo 167)**:
- Aprobación por mayoría de 3/5 de cada Cámara (Congreso y Senado).
- No se requirió referéndum preceptivo (al no ser solicitado por el 10% de los miembros en el plazo de 15 días).