La Ley 7/2023 es la ley gallega de igualdad. En tu programa es el mandato de un tema añadido sobre violencia de género, mientras que las leyes que estudias para ese bloque son la Ley Orgánica 1/2004 y la Ley gallega 11/2007 (Tema 8 de la parte común). Ninguna de las normas consultadas fija un protocolo propio del celador. Su papel es no diagnosticar ni interrogar, respetar la confidencialidad y trasladar lo que percibe al personal sanitario.
El tema de igualdad y violencia de género aparece en el programa de celador (parte común y tema añadido) y es fuente de confusión: el temario de OpoSERGAS lo titula con la Ley 7/2023, pero las bases nombran la Ley Orgánica 1/2004 y la Ley 11/2007 para la violencia de género y citan la Ley 7/2023 como mandato de un tema adicional. Esta guía ordena qué norma dice qué, con los artículos que hemos comprobado en el BOE, y te dice dónde termina lo que puedes afirmar con una fuente.
1. Qué cita el programa oficial
En el anexo II de la convocatoria (DOG núm. 170, de 4 de septiembre de 2025), el Tema 8 de la parte común incluye: la Ley 31/1995 de prevención de riesgos laborales (capítulos I, II, III y V), la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, la Ley 11/2007, de 27 de julio, gallega para la prevención y el tratamiento integral de la violencia de género, y la legislación sobre igualdad de mujeres y hombres y su aplicación en la función pública. El turno de discapacidad intelectual tiene un programa común más breve, cuyo Tema 5 incluye «Igualdad y violencia de género».
Además, el anexo II añade para todas las categorías, por mandato de la Ley 7/2023, de 30 de noviembre, un tema propio: «Perspectiva de género. Salud y género. Violencia de género: prevención, detección y actuación por parte de los/las profesionales del Servicio Gallego de Salud». La convocatoria cita también la Ley 7/2023 en la base 10.4 (formación obligatoria en igualdad tras el nombramiento) y en otras bases. Es decir, la Ley 7/2023 es la norma que obliga a incluir ese tema; el programa no indica qué texto lo desarrolla.
2. Qué dice la Ley 7/2023 sobre salud y empleo público
El Servicio Gallego de Salud debe garantizar el tratamiento adecuado de la violencia de género y la violencia contra la mujer en los servicios de atención sanitaria, entre otras medidas con protocolos de actuación (delitos de violencia de género y doméstica, contra la libertad e indemnidad sexual, sumisión química, trata y mutilaciones genitales).
37
La formación del personal sanitario debe incluir las situaciones de violencia de género y doméstica, entre otros contenidos.
156
La Administración autonómica y el sector público autonómico garantizan la formación continua de su personal en igualdad y prevención de la violencia de género.
157
Tres niveles de conocimiento: básico (mínimo 20 horas), medio (mínimo 150 horas) y superior (mínimo 500 horas).
158.1
Los temarios de los procesos de selección y de promoción interna de la Administración general de la Comunidad Autónoma y del sector público autonómico incluyen contenidos de igualdad y de prevención y lucha contra la violencia de género.
Ojo con la formulación: el artículo 36.g habla de protocolos que adopta y aplica la Administración sanitaria. No define qué hace cada categoría profesional, y menos el celador.
3. Qué dicen la ley gallega de 2007 y la ley orgánica de 2004
Estas dos son las que estudias para violencia de género propiamente dicha. Los textos consolidados están en el BOE: Ley 11/2007 (DOG núm. 152, de 7 de agosto de 2007) y Ley Orgánica 1/2004.
Norma y artículo
Contenido
Ley 11/2007, art. 3
Formas de violencia de género. Incluye la violencia física y psicológica ejercida por cónyuge, pareja o expareja y, también, la ejercida por hombres del entorno familiar, social o laboral.
Ley 11/2007, art. 24
Derecho a la atención sanitaria hasta el total restablecimiento: servicios gratuitos, de acceso preferente, con garantía de privacidad e intimidad.
Ley 11/2007, art. 26
El departamento sanitario de la Xunta elabora un protocolo de pautas uniformes de actuación sanitaria; prevé un cuestionario de detección precoz en atención primaria y un parte de lesiones único y universal, de obligado cumplimiento para los profesionales.
Ley 11/2007, art. 27
Registro de casos de violencia de género en los servicios sanitarios.
LO 1/2004, art. 1
Objeto: la violencia que se ejerce sobre las mujeres por parte de quienes sean o hayan sido sus cónyuges o parejas, aun sin convivencia.
LO 1/2004, art. 15
Sensibilización y formación continuada del personal sanitario para el diagnóstico precoz y la asistencia.
Pregunta trampa: ámbito de cada ley
La ley orgánica estatal se refiere a la violencia ejercida por cónyuge, pareja o expareja (art. 1). La ley gallega, en su artículo 3, amplía las formas de violencia física y psicológica a las ejercidas por hombres del entorno familiar, social o laboral. Si el test pregunta qué ley tiene el ámbito más amplio, la respuesta es la gallega.
4. Qué hace el celador ante una sospecha
Aquí hay que ser prudente. No hemos encontrado en el BOE, ni en el DOG de las bases, un procedimiento específico para el celador. Lo que sí está escrito, y se puede combinar con sentido común, es esto:
La valoración clínica y el parte de lesiones son de los profesionales sanitarios (Ley 11/2007, art. 26). El celador no explora ni redacta partes.
La Orden de 5 de julio de 1971 manda a los celadores abstenerse de hacer comentarios a familiares y visitantes sobre diagnósticos, exploraciones y tratamientos, y orientar las consultas hacia el médico encargado (art. 14, función 22 de los celadores). El BOE consigna esta Orden como disposición derogada; la citamos porque el temario de OpoSERGAS parte de ella para las funciones del celador.
Los datos de salud son confidenciales: nada de comentarlos en pasillos ni con terceros.
De ahí se deduce una conducta razonable, aunque la deducción es nuestra y no una norma: no interrogar a la persona, no confrontar a un acompañante y comunicar lo observado al personal sanitario o a tu superior, siguiendo el protocolo de tu centro. Si un test plantea el caso, descarta las opciones en las que el celador investiga, confronta o diagnostica.
Memoriza los nombres: LO 1/2004 y Ley 11/2007 para violencia de género; Ley 7/2023 y LO 3/2007 para igualdad; y el tema añadido de perspectiva de género, salud y género.
Aprende la tabla de artículos de la sección 3, sobre todo el 3, el 24 y el 26 de la ley gallega.
¿Qué ley regula la violencia de género en el examen de celador?
El anexo II de las bases (DOG núm. 170, de 4/09/2025) incluye en la parte común, Tema 8, la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, y la Ley 11/2007, de 27 de julio, gallega para la prevención y el tratamiento integral de la violencia de género, además de la legislación sobre igualdad de mujeres y hombres. Por mandato de la Ley 7/2023, añade para todas las categorías un tema sobre perspectiva de género, salud y género y violencia de género.
¿La Ley 7/2023 es una ley de violencia de género?
No. Es la Ley 7/2023, de 30 de noviembre, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres de Galicia (DOG núm. 233, de 11 de diciembre de 2023). Trata la violencia de género dentro de un marco más amplio de igualdad: por ejemplo, el artículo 36.g sobre protocolos en los servicios de salud y el artículo 158 sobre los temarios de acceso al empleo público. Eso sí, el anexo II de las bases la cita como mandato de un tema añadido sobre perspectiva de género y violencia de género.
¿Tiene el celador un protocolo propio ante una sospecha de violencia de género?
En las normas consultadas no hay un protocolo específico del celador. La Ley 11/2007 prevé un protocolo sanitario y un parte de lesiones único para los profesionales de los centros sanitarios (art. 26). La Orden de 5 de julio de 1971 manda al celador abstenerse de comentar diagnósticos y orientar las consultas al médico. Sigue el protocolo de tu centro.
¿Qué formación en igualdad debe hacer quien apruebe la plaza?
La base 10.4 de la convocatoria obliga a las personas seleccionadas a realizar, en un plazo no superior a seis meses desde su nombramiento como personal estatutario fijo, las actividades formativas del nivel básico de igualdad de género y prevención de la violencia de género que recoge el artículo 157 de la Ley 7/2023.
Fuentes
Ley 7/2023, de 30 de noviembre, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres de Galicia. DOG núm. 233, de 11 de diciembre de 2023: texto en el BOE (arts. 36, 37, 156, 157 y 158).
Ley 11/2007, de 27 de julio, gallega para la prevención y el tratamiento integral de la violencia de género. DOG núm. 152, de 7 de agosto de 2007: texto en el BOE (arts. 3, 24, 26 y 27).
Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género: texto en el BOE (arts. 1 y 15).
Orden de 5 de julio de 1971 por la que se aprueba el Estatuto de Personal no Sanitario al Servicio de las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social. BOE núm. 174, de 22 de julio de 1971: texto en el BOE.
Resolución de 21 de agosto de 2025, de la Dirección General de Recursos Humanos del SERGAS, por la que se convoca el concurso-oposición. DOG núm. 170, de 4 de septiembre de 2025 (anexo II y base 10.4).
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