Las funciones del celador según el Estatuto de Personal No Sanitario (OM de 5/7/1971) son:
- Tramitar comunicaciones verbales, documentos y objetos
- Vigilar accesos y circulación de personas
- Ayudar al personal sanitario en traslado y movilización de pacientes
- Trasladar muestras al laboratorio, historiales y aparatos
- Cuidar enseres y materiales
- Servicios de amortajamiento. NO son funciones: administrar medicación, realizar curas ni tomar constantes. Esta delimitación es pregunta frecuente