Consentimiento VERBAL como regla general. Consentimiento ESCRITO obligatorio en:
- intervención quirúrgica
- procedimientos diagnósticos o terapéuticos invasores
- y procedimientos con riesgos o inconvenientes notorios para la salud del paciente
Se puede revocar en cualquier momento (art. 8). Menores de 16 años: consentimiento por representación. Entre 16-18 años: el menor decide por sí mismo (salvo IVE, ensayos clínicos, RA).