La Ley 8/2008 de Salud de Galicia
La Ley 8/2008, de 10 de julio, de Salud de Galicia, es la norma reguladora del sistema sanitario gallego y un tema obligatorio en todas las oposiciones del SERGAS. Desarrolla las competencias sanitarias de la Comunidad Autonoma de Galicia recogidas en el Estatuto de Autonomia y adapta la Ley General de Sanidad al ambito gallego.
Estructura de la ley
La ley consta de un Titulo Preliminar y ocho Titulos con 142 articulos, ademas de disposiciones adicionales, transitorias y finales.
Titulo Preliminar: objeto, principios y derechos
El articulo 1 establece que la ley tiene por objeto la regulacion general del sistema publico de salud de Galicia y el establecimiento de los derechos y deberes de los ciudadanos en relacion con la salud.
Principios rectores (art. 3)
- Universalidad de la asistencia sanitaria.
- Equidad en el acceso.
- Solidaridad interterritorial.
- Integracion de las acciones de salud publica, atencion primaria y especializada.
- Calidad y seguridad de los servicios.
- Participacion ciudadana.
Titulo I: Los derechos y deberes en materia de salud
El capitulo I (arts. 4-35) enumera exhaustivamente los derechos de los ciudadanos en materia de salud, que en Galicia son mas amplios que los de la legislacion estatal. Entre los mas preguntados:
- Derecho a la asistencia sanitaria con independencia del lugar del territorio gallego donde se encuentren (art. 4).
- Derecho a la segunda opinion medica (art. 13).
- Derecho a la libre eleccion de medico de familia y pediatra (art. 15).
- Derecho al testamento vital (instrucciones previas) inscrito en el Registro gallego (art. 16).
- Derecho a recibir asistencia de urgencia (art. 20).
Titulo II: La organizacion del sistema sanitario publico de Galicia
El Sistema Publico de Salud de Galicia integra todas las estructuras y servicios publicos al servicio de la salud. Forman parte de el:
- La Conselleria de Sanidade (organo de gobierno).
- El SERGAS (Servicio Gallego de Salud), como organismo autonomo.
- Los organos y unidades de los hospitales y centros de salud.
Las 7 EOXI: la estructura territorial del SERGAS
La ley establece las Estructuras Organizativas de Xestión Integrada (EOXI) como la unidad basica de organizacion del sistema sanitario gallego. Cada EOXI integra la atencion primaria y la especializada de su area geografica.
Las 7 EOXI son: A Coruña, Ferrol, Santiago de Compostela, Lugo, Ourense, Pontevedra y Vigo.
Pregunta frecuente: el hospital de referencia de cada EOXI:
| EOXI | Hospital de referencia | Acronimo |
|---|---|---|
| A Coruña | Complexo Hospitalario Universitario A Coruña | CHUAC |
| Ferrol | Complexo Hospitalario Universitario de Ferrol | CHUF |
| Santiago | Complexo Hospitalario Universitario de Santiago | CHUS |
| Lugo | Hospital Universitario Lucus Augusti | HULA |
| Ourense | Complexo Hospitalario Universitario de Ourense | CHUO |
| Pontevedra | Complexo Hospitalario Universitario de Pontevedra | CHOP |
| Vigo | Complexo Hospitalario Universitario de Vigo | CHUVI |
Titulo V: La salud publica
Regula las actuaciones de salud publica en Galicia: vigilancia epidemiologica, prevencion de enfermedades, proteccion de la salud, promocion de la salud y evaluacion de impacto en salud. La Axencia Galega de Coñecemento en Saude (ACIS) y la Direccion Xeral de Saude Publica son los organismos responsables.
Practica con tests de legislacion gallega en OpoSERGAS.