Las mayorías constitucionales son los votos que exige la Constitución para cada decisión. La mayoría absoluta del Congreso se pide para leyes orgánicas, investidura, moción de censura y estado de sitio; los tres quintos, para la reforma ordinaria y parte de los miembros del TC y del CGPJ; los dos tercios, para la reforma agravada.
Última actualización: . Fuente: SERGAS / Xunta de Galicia / normativa oficial vigente.
La tabla de mayorías de la Constitución
La Constitución exige una mayoría distinta según la decisión. La regla práctica: mayoría absoluta para leyes orgánicas, investidura, moción de censura y estado de sitio; tres quintos para reformar la Constitución por la vía ordinaria y para proponer a parte del Tribunal Constitucional y del CGPJ; dos tercios para la reforma agravada.
| Decisión | Mayoría | Órgano | Artículo CE |
|---|---|---|---|
| Aprobar, modificar o derogar una ley orgánica | Absoluta, en votación final sobre el conjunto | Congreso | 81.2 |
| Investidura, primera votación | Absoluta (si no se alcanza, nueva votación a las 48 horas con mayoría simple) | Congreso | 99.3 |
| Moción de censura | Absoluta | Congreso | 113.1 |
| Declarar el estado de sitio, a propuesta exclusiva del Gobierno | Absoluta | Congreso | 116.4 |
| Veto a un proyecto de ley | Absoluta | Senado | 90.2 |
| Aprobar las medidas del artículo 155 frente a una Comunidad Autónoma | Absoluta | Senado | 155.1 |
| Reforma constitucional ordinaria | 3/5 de cada Cámara | Congreso y Senado | 167.1 |
| Reforma ordinaria sin acuerdo entre Cámaras | 2/3 del Congreso, con voto favorable de la mayoría absoluta del Senado | Congreso y Senado | 167.2 |
| Reforma agravada: aprobación del principio | 2/3 de cada Cámara | Congreso y Senado | 168.1 |
| Cuatro magistrados del Tribunal Constitucional por cada Cámara (propuesta) | 3/5 | Congreso y Senado | 159.1 |
| Ocho vocales del CGPJ de propuesta parlamentaria (cuatro por cada Cámara) | 3/5 | Congreso y Senado | 122.3 |
Mayoría simple, absoluta y cualificada
- Simple: más votos a favor que en contra. La Constitución la exige, por ejemplo, para la investidura en segunda votación (art. 99.3) o para que el Congreso se pronuncie sobre las enmiendas del Senado (art. 90.2).
- Absoluta: el voto favorable de más de la mitad de los miembros de la Cámara, estén o no presentes. El art. 99.3 la formula para la investidura como "el voto de la mayoría absoluta de sus miembros".
- Cualificada: una fracción superior, como los tres quintos o los dos tercios.
El Senado y el veto
Aprobado un proyecto de ley por el Congreso, el Senado tiene dos meses para oponer su veto o introducir enmiendas (veinte días naturales si el proyecto es urgente). El veto exige mayoría absoluta del Senado. Para superarlo, el Congreso puede ratificar el texto inicial por mayoría absoluta o por mayoría simple una vez transcurridos dos meses desde la interposición del veto (art. 90.2).
Cómo se pregunta en el examen
Las preguntas suelen dar una decisión y pedir la mayoría, o al revés. Conviene memorizar tres bloques:
- Absoluta del Congreso: ley orgánica, investidura en primera votación, moción de censura y estado de sitio.
- Tres quintos: reforma ordinaria, 4+4 magistrados del Tribunal Constitucional y 4+4 vocales del CGPJ.
- Dos tercios: reforma agravada del Título Preliminar, la Sección 1.ª del Capítulo II del Título I o el Título II. Mira el detalle en reforma ordinaria y agravada.
La historia de los cambios del texto se resume en las 4 reformas de la Constitución. El temario de cada categoría se detalla en legislación de Celador, y los estados del art. 116 en alarma, excepción y sitio. Texto oficial: Constitución Española en el BOE.
❓ Preguntas frecuentes (FAQ)
¿Qué mayoría se necesita para aprobar una ley orgánica?
Mayoría absoluta del Congreso de los Diputados, en una votación final sobre el conjunto del proyecto (artículo 81.2 de la Constitución).
¿Qué diferencia hay entre mayoría simple y mayoría absoluta?
La simple exige más votos a favor que en contra. La absoluta exige el voto favorable de más de la mitad de los miembros de la Cámara, con independencia de cuántos estén presentes.
¿Qué mayoría exige la reforma constitucional ordinaria?
Tres quintos de cada una de las Cámaras (artículo 167.1). Si no hay acuerdo, el Congreso puede aprobarla por dos tercios siempre que el texto tenga el voto favorable de la mayoría absoluta del Senado (artículo 167.2).
¿Quién propone a los magistrados del Tribunal Constitucional?
De los 12 miembros, cuatro se proponen por el Congreso y cuatro por el Senado, ambos por mayoría de tres quintos; dos los propone el Gobierno y dos el Consejo General del Poder Judicial (artículo 159.1).
¿Qué mayoría hace falta para declarar el estado de sitio?
Mayoría absoluta del Congreso de los Diputados, a propuesta exclusiva del Gobierno (artículo 116.4).
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