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El Congreso aprueba la reforma de las leyes de Discapacidad y Dependencia para adaptarlas al artículo 49 de la Constitución

El Pleno del Congreso de los Diputados ha dado luz verde definitiva a la proposición de ley que modifica de forma coordinada el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social (Real Decreto Legislativo 1/2013) y la Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia (Ley 39/2006).

Esta reforma legislativa tiene como objetivo primordial culminar la adaptación del ordenamiento jurídico infraconstitucional a la histórica reforma del artículo 49 de la Constitución Española, reforzando la protección, la dignidad, la accesibilidad universal y la autonomía individual de las personas con discapacidad.

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¿Afecta esta reforma a la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común?

Aclaración clave para opositores: La Ley 39/2015 (LPACAP) NO ha sido modificada en su texto general. Todas las reglas generales que estudias para tu examen sobre plazos máximos de resolución (art. 21), cómputo de plazos en días hábiles (art. 30), notificaciones y silencio administrativo se mantienen exactamente igual.

La novedad radica en que la reforma incorpora un plazo específico de resolución y notificación para los procedimientos sancionadores en materia de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal dentro del propio régimen especial de la Ley de Discapacidad. Por el principio de especialidad procedimental (previsto en la Disposición Adicional Primera de la Ley 39/2015), este tipo de expedientes sancionadores especiales se rigen por su plazo sectorial propio y solo supletoriamente por la LPACAP.

¿Qué debes tener en cuenta de cara a tu examen del SERGAS?

  • Tranquilidad para la OPE en Silleda: Los exámenes oficiales de otoño en Silleda (octubre y noviembre de 2026) se rigen por las bases publicadas en el Diario Oficial de Galicia (DOG). Los tribunales calificadores elaboran las pruebas sobre la normativa consolidada de la convocatoria y este régimen sancionador específico no forma parte de las materias exigibles para estas categorías.
  • El foco real de examen (Artículo 49 CE): En el temario común y transversal (Constitución Española, igualdad y derechos), la pregunta recurrente de examen versa sobre la redacción vigente del artículo 49 de la Constitución Española: destierro definitivo de terminología obsoleta y consagración de los principios de inclusión social, accesibilidad universal y atención específica a mujeres y menores con discapacidad.
  • Seguimiento docente: En OpoSERGAS monitorizamos la inminente publicación del texto definitivo en el Boletín Oficial del Estado (BOE) para mantener los temarios y bancos de preguntas rigurosamente actualizados.

En OpoSERGAS recomendamos a todos los opositores mantener el foco en el estudio diario de los temas troncales y practicar con los Grandes Simulacros Oficiales adaptados a cada categoría. ¡Mucho ánimo en la recta final!

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