Las oposiciones del SERGAS reservan una parte de las plazas para personas con discapacidad. Es un derecho que muchos opositores desconocen o no aprovechan. Aqui te explicamos como funciona el cupo de reserva, que necesitas para acogerte a el y que adaptaciones puedes pedir.

Que es el cupo de reserva

El Estatuto Basico del Empleado Publico (TREBEP, Real Decreto Legislativo 5/2015, articulo 59) obliga a reservar un cupo no inferior al 7% de las plazas para personas con discapacidad, de modo que progresivamente alcancen el 2% de los efectivos. Las convocatorias suelen dividir ese cupo (por ejemplo, una parte para discapacidad intelectual). El desglose exacto de plazas por turno lo fija cada convocatoria: leela siempre.

Quien puede acogerse

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  • Personas con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33%, acreditado con el certificado oficial.
  • Hay que indicarlo en la solicitud (marcar el turno de reserva) dentro del plazo; no se aplica de oficio.
  • Superado el proceso, se debe acreditar la compatibilidad con las funciones del puesto.

Turno de reserva vs turno libre

AspectoTurno de reserva
Mismo temario y examenSi: las pruebas y el nivel de exigencia son iguales. No es un examen mas facil.
PlazasCompites por las plazas reservadas; las no cubiertas suelen acumularse al turno libre.
AdaptacionesPuedes solicitar adaptacion de tiempo y medios para hacer el examen.