Confidencialidad y secreto profesional en Enfermería
La confidencialidad es un pilar ético y legal de la práctica enfermera. Su base legal en España se sustenta en varias normas: Ley 41/2002, RGPD (Reglamento UE 2016/679), Ley Orgánica 3/2018 (LOPDGDD) y el Código Deontológico de la Enfermería Española.
Normativa aplicable
- Art. 7 Ley 41/2002: derecho a la intimidad del paciente
- RGPD art. 9: datos de salud son categoría especial, requieren consentimiento explícito
- LOPDGDD: las infracciones por brecha de datos de salud son muy graves (hasta 20M€)
¿Cuándo cede el secreto profesional?
- Riesgo grave para terceros identificables (ej: amenaza creíble de violencia)
- Enfermedades de declaración obligatoria (MDO) a autoridades sanitarias
- Orden judicial
- Investigación penal en casos graves
- Violencia de género y malos tratos a menores o personas vulnerables
Acceso a datos clínicos en el SERGAS
IANUS registra todos los accesos a la historia clínica. El personal del SERGAS solo puede acceder a historias de pacientes bajo su atención. El acceso indebido es infracción disciplinaria grave y puede tener consecuencias penales (art. 197 CP).