Confidencialidad y secreto profesional en Enfermería

La confidencialidad es un pilar ético y legal de la práctica enfermera. Su base legal en España se sustenta en varias normas: Ley 41/2002, RGPD (Reglamento UE 2016/679), Ley Orgánica 3/2018 (LOPDGDD) y el Código Deontológico de la Enfermería Española.

Normativa aplicable

  • Art. 7 Ley 41/2002: derecho a la intimidad del paciente
  • RGPD art. 9: datos de salud son categoría especial, requieren consentimiento explícito
  • LOPDGDD: las infracciones por brecha de datos de salud son muy graves (hasta 20M€)

¿Cuándo cede el secreto profesional?

  • Riesgo grave para terceros identificables (ej: amenaza creíble de violencia)
  • Enfermedades de declaración obligatoria (MDO) a autoridades sanitarias
  • Orden judicial
  • Investigación penal en casos graves
  • Violencia de género y malos tratos a menores o personas vulnerables

Acceso a datos clínicos en el SERGAS

IANUS registra todos los accesos a la historia clínica. El personal del SERGAS solo puede acceder a historias de pacientes bajo su atención. El acceso indebido es infracción disciplinaria grave y puede tener consecuencias penales (art. 197 CP).