La Ley 2/2015, de 29 de abril, del empleo público de Galicia (conocida como LEPG) es la norma autonómica que regula la función pública en Galicia. Es un bloque de peso en el temario común de todas las categorías del SERGAS —muy especialmente en Auxiliar Administrativo— porque desarrolla y adapta a Galicia la legislación básica estatal.
Qué regula y dónde encontrarla
- Norma: Ley 2/2015, de 29 de abril, del empleo público de Galicia.
- Publicación: DOG núm. 82, de 4 de mayo de 2015.
- Objeto: regular el régimen jurídico de la función pública gallega y las normas aplicables al personal al servicio de las administraciones públicas de Galicia.
Relación con el TREBEP
La LEPG desarrolla en el ámbito de Galicia la legislación básica estatal: el Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público (Real Decreto Legislativo 5/2015, TREBEP). Regla clave de examen: lo básico lo fija el Estado (TREBEP) y Galicia lo desarrolla (LEPG); en lo no previsto por la ley gallega se aplica supletoriamente la normativa estatal.
Clases de personal
La ley clasifica al personal al servicio de las administraciones públicas de Galicia en cuatro clases:
- Personal funcionario de carrera: vinculado por una relación estatutaria de servicios permanentes.
- Personal funcionario interino: nombrado por razones justificadas de necesidad y urgencia para desempeñar funciones de personal funcionario de carrera (vacante, sustitución, programas temporales, exceso o acumulación de tareas).
- Personal laboral (fijo, indefinido no fijo o temporal), en virtud de contrato de trabajo.
- Personal eventual: nombrado con carácter no permanente para funciones expresamente calificadas de confianza o asesoramiento especial; su cese es libre.
Grupos de clasificación profesional
El personal funcionario se clasifica, según la titulación exigida para el acceso, en los mismos grupos que el TREBEP:
| Grupo | Titulación | Ejemplo SERGAS |
|---|---|---|
| A1 | Grado / licenciatura | Facultativo, técnico superior |
| A2 | Grado / diplomatura | Enfermería, fisioterapia |
| B | Técnico Superior (FP grado superior) | Determinadas categorías técnicas |
| C1 | Bachiller o técnico | Técnico de sistemas TI, TCAE (C2 según convocatoria) |
| C2 | Graduado en ESO | Auxiliar administrativo, PSX, TCAE |
| AP | Agrupaciones profesionales (sin titulación) | Celador, personal subalterno |