El regimen financiero y presupuestario de Galicia es una de las materias mas tecnicas del temario comun de Auxiliar Administrativo del SERGAS, pero cae mucho y sigue un esquema muy memorizable. Aqui tienes lo esencial de examen, aplicado al dia a dia de la gestion sanitaria gallega.
Marco normativo
- Constitucion (Titulo VII, "Economia y Hacienda"): principio de legalidad del gasto (art. 134: todo gasto debe estar autorizado por una ley de presupuestos), autonomia y suficiencia financiera de las CCAA (arts. 156-157) y estabilidad presupuestaria (art. 135, reformado en 2011).
- Estatuto de Autonomia de Galicia (LO 1/1981), Titulo III "De la Hacienda y la Economia".
- Norma nuclear autonomica: Decreto Legislativo 1/1999, de 7 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Regimen Financiero y Presupuestario de Galicia (TRLRFPG).
- Cada ano, la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autonoma concreta las cifras (para 2026, la Ley 4/2025).
Que es la Hacienda publica de Galicia
El TRLRFPG define la Hacienda publica como el conjunto de derechos y obligaciones de contenido economico cuya titularidad corresponde a la Comunidad Autonoma. Ojo, dato de examen: no es sinonimo de "tesoreria" ni de "presupuesto"; es un concepto mas amplio que engloba tanto los derechos a cobrar (activo) como las obligaciones a pagar (pasivo).
El presupuesto: concepto y principios
Los Presupuestos Generales son la expresion cifrada, conjunta y sistematica de las obligaciones que como maximo pueden reconocerse y los derechos que se preven liquidar en el ejercicio (que coincide con el ano natural). Tienen dos vertientes: prevision de ingresos y autorizacion de gastos.
Los principios presupuestarios mas preguntados:
| Principio | Que significa |
|---|---|
| Unidad | Todos los ingresos y gastos en un unico documento presupuestario. |
| Universalidad | Deben figurar todos los ingresos y gastos por su importe integro, sin compensarse ("presupuesto bruto"). |
| Especialidad cualitativa | El credito solo se usa para la finalidad concreta para la que se concedio. |
| Especialidad cuantitativa | El gasto autorizado es un limite maximo; no se puede superar. |
| Especialidad temporal | El credito se gasta dentro del ejercicio (1 enero-31 diciembre); lo no gastado, por regla general, se anula. |
| Estabilidad y sostenibilidad | Equilibrio de las cuentas (art. 135 CE, LO 2/2012 y Lei 2/2011 de Galicia). |
Presupuesto limitativo vs. estimativo
Distincion clave para el SERGAS: como organismo autonomo, el SERGAS tiene un presupuesto limitativo (sus creditos son un tope que no se puede rebasar, salvo modificacion legal). En cambio, las sociedades mercantiles publicas y fundaciones tienen presupuesto estimativo (una prevision de su actividad, de explotacion y de capital, sin caracter de "credito").
El ciclo presupuestario
- Elaboracion: la Xunta de Galicia, dirigida por la Consellería de Facenda, prepara el anteproyecto (orden de elaboracion en el DOG, propuestas de cada consellería, techo de gasto no financiero).
- Aprobacion: corresponde al Parlamento de Galicia (debate de totalidad, enmiendas, dictamen de comision y aprobacion en el Pleno). La ley se publica en el DOG y entra en vigor, por regla general, el 1 de enero.
- Ejecucion y control.
Las fases de ejecucion del gasto: A-D-O-P (dato estrella)
El gasto se ejecuta en una cadena de cuatro fases, cada una prerequisito de la siguiente:
- A - Autorizacion: se reserva el credito para un gasto determinado.
- D - Disposicion o compromiso: se acuerda el gasto con un tercero (p. ej., se adjudica un contrato).
- O - Reconocimiento de la obligacion: se acepta la deuda tras comprobar que el proveedor cumplio (recepcion conforme, factura).
- P - Ordenacion del pago: se ordena pagar al acreedor.
Se memoriza como A → D → O → P. En gastos sencillos, varias fases pueden acumularse en un unico documento contable.
El control del gasto
- Control interno: lo ejerce la Intervencion General de la Comunidad Autonoma (funcion interventora y control financiero).
- Control externo: el Consello de Contas de Galicia (art. 53 del Estatuto), sin perjuicio de las competencias del Tribunal de Cuentas del Estado. El control final se plasma en la Cuenta General.
Datos clave para el examen
- Norma nuclear: Decreto Legislativo 1/1999, de 7 de octubre (TRLRFPG).
- Hacienda publica = conjunto de derechos y obligaciones de contenido economico (no es "tesoreria").
- Principios: unidad, universalidad y especialidad (cualitativa, cuantitativa y temporal).
- El SERGAS, como organismo autonomo, tiene presupuesto limitativo.
- Fases del gasto: A - D - O - P (autorizacion, disposicion, obligacion, pago).
- Control: Intervencion General (interno) y Consello de Contas (externo).
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