Prevención de riesgos laborales en Enfermería (Ley 31/1995)
La Ley 31/1995 de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos Laborales es de plena aplicación al personal del SERGAS. La enfermería es una de las profesiones con mayor siniestralidad en sanidad.
Riesgos específicos de Enfermería
- Biológicos: exposición a VIH, VHB, VHC por pinchazo accidental o salpicadura
- Ergonómicos: movilización de pacientes, posturas forzadas (dorsopatías)
- Psicosociales: estrés laboral, burnout, violencia de pacientes/familiares
- Químicos: exposición a citostáticos, desinfectantes (formaldehído, glutaraldehído)
- Radiológicos: en unidades de radiología diagnóstica e intervencionismo
Obligaciones del empleador (SERGAS)
- Evaluación y control de riesgos
- Vigilancia periódica de la salud de los trabajadores
- Formación e información en PRL
- Proporcionar EPI adecuados (guantes, mascarilla FFP2/FFP3)
- Notificación y registro de accidentes de trabajo
Accidente biológico: protocolo
- Lavado inmediato de la zona durante 5-10 min con agua y jabón
- No exprimir la herida
- Notificación al supervisor y al Servicio de Medicina Preventiva
- Toma de muestras al profesional y al paciente fuente (previa firma de consentimiento)
- Profilaxis postexposición en menos de 2 horas si indicada