Prevención de riesgos laborales en Enfermería (Ley 31/1995)

La Ley 31/1995 de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos Laborales es de plena aplicación al personal del SERGAS. La enfermería es una de las profesiones con mayor siniestralidad en sanidad.

Riesgos específicos de Enfermería

  • Biológicos: exposición a VIH, VHB, VHC por pinchazo accidental o salpicadura
  • Ergonómicos: movilización de pacientes, posturas forzadas (dorsopatías)
  • Psicosociales: estrés laboral, burnout, violencia de pacientes/familiares
  • Químicos: exposición a citostáticos, desinfectantes (formaldehído, glutaraldehído)
  • Radiológicos: en unidades de radiología diagnóstica e intervencionismo

Obligaciones del empleador (SERGAS)

  • Evaluación y control de riesgos
  • Vigilancia periódica de la salud de los trabajadores
  • Formación e información en PRL
  • Proporcionar EPI adecuados (guantes, mascarilla FFP2/FFP3)
  • Notificación y registro de accidentes de trabajo

Accidente biológico: protocolo

  1. Lavado inmediato de la zona durante 5-10 min con agua y jabón
  2. No exprimir la herida
  3. Notificación al supervisor y al Servicio de Medicina Preventiva
  4. Toma de muestras al profesional y al paciente fuente (previa firma de consentimiento)
  5. Profilaxis postexposición en menos de 2 horas si indicada