Por que la LOPDGDD entra en el examen PSX

La Ley Organica 3/2018 de Proteccion de Datos Personales y Garantia de Derechos Digitales (LOPDGDD) adapta el Reglamento General de Proteccion de Datos (RGPD) al ordenamiento juridico espanol. El PSX maneja datos de pacientes a diario, por lo que la legislacion de proteccion de datos es parte fundamental de su temario.

Los derechos de los ciudadanos en la LOPDGDD

Segun el RGPD y la LOPDGDD, los ciudadanos tienen los siguientes derechos sobre sus datos personales:

  • Derecho de acceso: conocer que datos se tratan y como
  • Derecho de rectificacion: corregir datos inexactos
  • Derecho de supresion (derecho al olvido): solicitar la eliminacion de los datos
  • Derecho de limitacion: restringir el tratamiento en determinados casos
  • Derecho de portabilidad: recibir los datos en formato estructurado para transferirlos
  • Derecho de oposicion: oponerse al tratamiento en determinados casos
Los derechos ARCO (Acceso, Rectificacion, Cancelacion y Oposicion) son los de la LOPD 15/1999, ya derogada. La normativa vigente es la LOPDGDD/RGPD con los derechos ampliados (acceso, rectificacion, supresion, limitacion, portabilidad y oposicion). Esta distincion entra en el examen.

Principios del tratamiento de datos (Titulo II LOPDGDD)

El Titulo II de la LOPDGDD desarrolla los principios del tratamiento:

  • Licitud, lealtad y transparencia
  • Limitacion de la finalidad: los datos se recogen para fines determinados, explicitos y legitimos
  • Minimizacion: solo los datos necesarios para el fin
  • Exactitud: los datos deben ser exactos y, si fuera necesario, actualizados
  • Limitacion del plazo de conservacion
  • Integridad y confidencialidad

El deber de confidencialidad (art. 5 LOPDGDD)

El art. 5 LOPDGDD establece el deber de confidencialidad de los responsables y encargados del tratamiento. Este deber se mantiene incluso despues de que finalice la relacion con el responsable del tratamiento. Para el PSX esto es especialmente relevante: la obligacion de no revelar datos de pacientes continua aunque deje de trabajar para el SERGAS.

Acceso a datos de fallecidos (art. 3 LOPDGDD)

Las personas vinculadas por razones familiares o de hecho, y los herederos del fallecido, pueden solicitar el acceso, rectificacion o supresion de los datos personales del causante, salvo que el fallecido lo hubiera prohibido expresamente o la ley lo impida. El PSX debe conocer este limite cuando gestione solicitudes de acceso a historia clinica de fallecidos.

Articulo 13: acceso por medio distinto

El art. 13 LOPDGDD establece que cuando el ciudadano solicite sus derechos por un medio distinto al habitual del responsable:

  • Si se realiza mas de una vez en 6 meses: puede considerarse excesiva (salvo causa legitima)
  • Si el coste del medio alternativo es desproporcionado: el exceso lo asume el solicitante

Practicar preguntas de LOPDGDD para el examen PSX en OpoSERGAS