Una cosa es ingresar en la funcion publica (por oposicion, concurso-oposicion o concurso) y otra distinta es como se ocupan los puestos una vez dentro. Esta segunda parte, la provision de puestos, es un tema nuclear de la oposicion de Auxiliar Administrativo del SERGAS. La regula el TREBEP (RDL 5/2015) en sus arts. 78 a 84.
Los dos procedimientos normales (art. 78)
Los procedimientos normales de provision de puestos son el concurso y la libre designacion con convocatoria publica. Ambos deben respetar los principios de igualdad, merito, capacidad y publicidad.
| Concurso (art. 79) | Libre designacion (art. 80) | |
|---|---|---|
| Que es | Procedimiento normal de provision | Procedimiento excepcional para puestos de especial responsabilidad/confianza |
| Como se decide | Valoracion objetiva de meritos y capacidades por una comision | Apreciacion discrecional por el organo competente, previa convocatoria publica |
| Cese | Mayor estabilidad en el puesto | Se puede cesar libremente |
La movilidad (arts. 81-84)
- Movilidad por necesidades del servicio o funcional dentro de la Administracion (art. 81).
- Movilidad por razon de violencia de genero y por violencia terrorista (art. 82): la victima puede trasladarse con reserva de su puesto.
- Provision y movilidad del personal laboral (art. 83) segun su normativa y convenios.
- Movilidad voluntaria entre Administraciones Publicas (art. 84), en el marco de convenios.
Datos clave para el examen
- Todo en el TREBEP (RDL 5/2015), arts 78-84.
- Procedimientos normales de provision: concurso y libre designacion (art 78).
- Concurso (art 79) = normal, valoracion objetiva de meritos.
- Libre designacion (art 80) = excepcional, discrecional, cese libre, con convocatoria publica.
- Movilidad (arts 81-84): por necesidades del servicio, violencia de genero, personal laboral, entre Administraciones.
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