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La Ley 41/2002 regula la información, el consentimiento y la historia clínica. Fija cuatro datos: el consentimiento es verbal por regla general, las instrucciones previas las hace un mayor de edad por escrito, la documentación clínica se conserva al menos cinco años desde el alta y el personal administrativo solo accede a los datos de sus funciones.

Por qué importa a un Auxiliar Administrativo

La Ley 41/2002 es el tema 1 de la parte específica, la que entra en el 1.º ejercicio, el eliminatorio. El epígrafe oficial cita sus derechos de información sanitaria e intimidad y, para la historia clínica, la Ley gallega 3/2001, modificada por la Ley 3/2005, que además entra en el tema 7 de la parte común. Aquí repasamos la ley estatal, que es la base de ambas. Son preguntas de lectura exacta del texto legal, donde una palabra cambia la respuesta. Se complementa con la protección de datos y el archivo y registro de documentos.

Tabla de datos clave (texto de la ley)

TemaQué dice la Ley 41/2002Artículo
Historia clínicaConjunto de documentos con datos, valoraciones e informaciones sobre la situación y evolución clínica del paciente a lo largo del proceso asistencial3 y 14
Derecho a la informaciónToda persona tiene derecho a conocer la información disponible y a que se respete su voluntad de no ser informada. Por regla general es verbal y queda constancia en la historia4
IntimidadDerecho a que se respete el carácter confidencial de los datos de salud y a que nadie acceda a ellos sin autorización amparada por la ley7
ConsentimientoVerbal por regla general. Por escrito en cirugía, procedimientos diagnósticos y terapéuticos invasores y procedimientos con riesgos notorios o previsibles. Revocable en cualquier momento8
Consentimiento por representaciónNo cabe en emancipados ni mayores de 16 años que puedan decidir, salvo riesgo grave; en menores sin capacidad, lo da el representante tras oír al menor9
Instrucciones previasSolo mayor de edad, capaz y libre. Siempre por escrito. Libremente revocables11
Contenido mínimo de la historiaHasta 16 apartados; algunos obligatorios siempre y otros solo en hospitalización15
Usos de la historia clínicaInstrumento para garantizar una asistencia adecuada. El personal de administración y gestión solo accede a los datos relacionados con sus funciones16
ConservaciónMínimo cinco años contados desde la fecha del alta de cada proceso asistencial17
Acceso del pacienteDerecho a acceder y obtener copia. No puede perjudicar a terceros ni a las anotaciones subjetivas de los profesionales18
CustodiaDerecho a un mecanismo de custodia activa y diligente de la historia clínica19